# Una jueza le dijo a Meta que no puede insinuar que un testigo tuviera que conservar sus mensajes de Signal

**Deck:** Preguntado en una sala de Nashville por la configuración de su teléfono, Arturo Bejar dijo que usa Signal con mensajes que desaparecen porque, como él mismo lo expresó, «desde un paranoico profesional, procuro ser muy cuidadoso con la OPSEC de mis comunicaciones». Ocho días después, esa respuesta era una moción de 26 páginas en Oakland que pedía a una jueza federal mantenerlo fuera del estrado. El tribunal oyó a las partes el 13 de agosto; hoy la orden escrita la ha llamado un *"Hail Mary"* —un pase desesperado— y ha trazado una línea que importa: Meta puede preguntarle por los mensajes que se esfuman, pero no puede decirle al jurado que estaba obligado a conservarlos.

**By:** Redacción de URnetwork
**Dateline:** San Francisco — 16 de agosto de 2026
**Category:** Noticias / Análisis

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El jueves 30 de julio, en una sala de Nashville, un abogado de Meta le preguntó a Arturo Bejar por la
configuración de su teléfono. Bejar dirigió la seguridad de los usuarios en Facebook, hoy Meta, durante seis
años. Ahora declara contra ella. Él respondió con honestidad.

«Sí, tengo mensajería efímera en Signal —dijo Bejar—. Mi formación es de ingeniero de seguridad y, desde un
paranoico profesional, procuro ser muy cuidadoso con la OPSEC de mis comunicaciones.» Preguntado si sus
mensajes de texto con antiguos compañeros de Meta desaparecen, dijo: «Sí, desaparecen».

Sabemos que lo dijo porque Meta lo puso por escrito. Ocho días después, ese intercambio aparecía reproducido,
con los énfasis de la propia Meta, dentro de una moción de 26 páginas ante un tribunal federal a 2.000 millas
de distancia, en la que se pedía a la jueza de allí que lo mantuviera por completo fuera del estrado.

El tribunal oyó a las partes el 13 de agosto y expuso sus razones en el acta. Hoy la denegación ha llegado
por escrito.

«[E]s obvio —escribió la jueza presidenta Yvonne Gonzalez Rogers— que esta moción entra en la categoría de un
intento *"Hail Mary"* de eliminar a un testigo sólido de las demandantes. El intento fracasa y, aunque Meta
puede contrainterrogar a Bejar, no puede dar a entender que existiera una obligación legal de conservar esos
mensajes de texto.»

## El párrafo 2, entre el trámite

La Orden Previa al Juicio n.º 8 (*Pretrial Order No. 8*) tiene tres páginas y se presentó dos días antes de
los alegatos de apertura. La resolución es su párrafo 2, uno de cinco que van desde las pruebas documentales
de apertura hasta los plazos de alegaciones: una orden que empaqueta un pronunciamiento junto con el trámite.

«La solicitud de Meta de excluir a Bejar de declarar en el juicio queda DENEGADA», dice.

Meta puede preguntarle a Bejar por qué se esfuman sus mensajes. No puede decirle al jurado que estaba
obligado a conservarlos.

## Quién es, y por qué Meta lo quiere fuera

Bejar dejó Meta en 2015 y volvió cuatro años más tarde como consultor de su unidad de Instagram, después
de que su hija adolescente y las amigas de ella le contaran las insinuaciones sexuales no
deseadas que estaban recibiendo allí. En octubre de 2021 envió lo que había encontrado a Zuckerberg, al
responsable de Instagram Adam Mosseri y a Sheryl Sandberg. Dice que la respuesta fue «un silencio completo».

Ha declarado contra Meta en tres juicios. El martes se espera que vuelva a hacerlo en Oakland, donde 29
estados acusan a Meta de recopilar ilegalmente datos de menores, y cuatro dicen además que mintió sobre lo
seguros que son sus productos.

La moción de Meta sostenía que había destruido pruebas por usar una aplicación que borra los mensajes con un
temporizador, y pedía que se lo excluyera, o que se dijera al jurado que infiriera lo peor.

## Cuatro notificaciones, y a quién pertenecían

Bejar no es parte. Las partes deben conservar los documentos relevantes para un pleito; los testigos, por lo
general, no, salvo que algo se lo notifique. Así que Meta construyó el deber con la notificación que pudo
encontrar, y nombró cuatro: la solicitud del fiscal general de Tennessee de abril de 2023, el requerimiento
de investigación civil (*civil investigative demand*) de Nuevo México de aquel noviembre, la propia citación
judicial (*subpoena*) de Meta de febrero de 2025 y la orden de este tribunal de diciembre de 2025 pidiendo
exactamente las comunicaciones que Meta dice que faltan.

La resolución no los toma en esa secuencia, pero responde a los cuatro. Los dos primeros son el proceso de
otro, y Meta no tiene derecho legal a hacer cumplir el de otra parte: «Meta carece de legitimación
(*standing*) para hacer cumplir una citación judicial emitida por un fiscal general», escribió Gonzalez
Rogers. El tercero es la propia citación judicial de Meta y el cuarto es la orden de este tribunal y, los
emitiera quien los emitiera, Meta no puede hacerlos continuados. «No tiene, en realidad, un mecanismo legal
para hacer valer su afirmación de que Bejar estaba sujeto a una obligación continuada de conservar
comunicaciones de Signal. Meta no exigió por sí misma una entrega continuada; ni emitió una citación
judicial de seguimiento.»

![Meta nombró cuatro hechos que, según decía, obligaban a Arturo Bejar a conservar sus mensajes de Signal. La Orden Previa al Juicio n.º 8 sostiene que dos pertenecían a otras partes y que ninguno de los dos restantes creó un deber continuado.](https://ur.io/blog/2026-08-16-01/figure-four-notices.png)

## Nashville, leído desde Oakland

La teoría de pertinencia de Meta era que Bejar había estado reclutando a antiguos compañeros para que
declararan contra la empresa, y que los mensajes lo habrían demostrado. Al decidir si necesitaba siquiera una
vista probatoria, Gonzalez Rogers leyó cuatro días de su testimonio en *State of Tennessee v. Meta
Platforms*, donde fue el primer testigo llamado a declarar. «Muy poco tuvo que ver con alegación alguna de
reclutamiento —concluyó—. Más bien, las cuestiones se centraron en el trabajo que Bejar realizó efectivamente
en Meta.»

## El borrado que Meta no puede nombrar

Meta no puede decir qué decían los mensajes que faltan. Lo que tiene es una inferencia construida a partir de
píxeles.

Bejar entregó dos hilos de Signal en marzo de 2025 en forma de ocho capturas de pantalla, uno de los hilos
con la denunciante Frances Haugen. No entregó metadatos con ellas, lo que, según concede Meta, hace
«imposible que Meta sepa exactamente cómo se capturaron estos chats».

Así que Meta fue a la imagen. La página de ayuda de Signal, dice la moción, afirma que «[t]odos y cada uno de
los mensajes temporales tendrán un icono de cuenta atrás visible en la parte inferior de la burbuja del
mensaje». Meta no encontró iconos de cuenta atrás en las ocho capturas y, de esa ausencia, concluyó que Bejar
debió de activar el temporizador después de aquellas conversaciones, o bien desactivarlo para tomar esas
capturas.

Ese es el problema probatorio moderno en una sola imagen: una empresa que argumenta un borrado a partir del
borde inferior de una burbuja de mensaje en una captura de pantalla de una conversación de la que nunca
formó parte.

## El argumento de Meta es mejor de lo que eso hace parecer

En la cuestión general, el derecho está del lado de Meta. Los tribunales sí sancionan a los litigantes por
dejar que las pruebas caduquen —la *spoliation*, la destrucción de material que alguien estaba obligado a
conservar—: un juez federal de Arkansas calificó un cambio a Signal en plena litigación de «destrucción de
pruebas intencionada y de mala fe» en 2019, y la moción de Meta cita dos casos más. Gonzalez Rogers, además,
ya había ordenado a Bejar entregar estas comunicaciones, al sostener que la necesidad de Meta pesaba más que
su argumento de que la divulgación expondría a personas que habían hablado con él en confianza.

Y hay una ventana genuinamente incómoda. Anneke Buffone, investigadora de seguridad de Meta despedida en
diciembre de 2025, escribió a Bejar por Signal; no se conocían de nada. Interrogada en deposición en junio de
2026, declaró que hubo intercambios en diciembre de 2025 y en febrero de 2026 sobre este litigio. Su entrega
final llegó el 12 de enero de 2026, después del primero de ellos. No se entregó ningún mensaje de Signal con
ella.

El mejor material en su contra está en la declaración jurada que él mismo firmó. Según dice, ha «purgado de
forma rutinaria información innecesaria de mis cuentas de correo durante muchos años», y no conservó el
memorando de octubre de 2021 dirigido a Zuckerberg, el documento sobre el que se sostiene su relato público
de Meta. Un juez podría concluir, sin pensar que es deshonesto, que quien borra por costumbre y se había
convertido en un testigo de esta importancia debería haber dejado de borrar.

Su respuesta es una negación rotunda y bajo juramento. «Los abogados de Meta han alegado que utilicé una
función que ellos llamaron "auto delete" o que borré mensajes de algún otro modo. Eso es falso.» Desde el día
en que instaló Signal en 2023 hasta que terminó de entregar documentos en enero de 2026, dice, no usó borrado
automático en ningún intercambio con un antiguo empleado de Meta. Eso alcanza al intercambio de diciembre. Se
queda corto respecto del de febrero.

## La misma idea, apuntando en dos direcciones

La misma orden fijó un plazo hasta el mediodía, según lo dispuesto en la vista del 13 de agosto, para las
propuestas de instrucciones al jurado sobre la Sección 230, el escudo federal de las plataformas. Ambas
partes presentaron las suyas ese mismo día.

La instrucción de Meta pide que se diga a los miembros del jurado que no pueden concluir que incurrió en
prácticas desleales, ni que alguna de sus afirmaciones fuera falsa o engañosa, sobre la base de cualquiera de
diez cosas enumeradas. La sexta es «[p]ermitir que contenido de terceros sea privado o desaparezca
transcurrido un periodo de tiempo».

Son cuerpos de derecho distintos, y el argumento del escudo no se lo inventó Meta: este mismo tribunal
sostuvo en 2024 que el contenido efímero es una función editorial protegida, y la propia instrucción de los
estados cumple bajo protesta. Pero es la misma idea —contenido que se esfuma con un temporizador— que llega
como escudo cuando la construye Meta y como destrucción de pruebas cuando la usa un testigo, bajo la firma de
Ashley M. Simonsen, de Covington & Burling, los abogados externos de Meta, en escritos separados por nueve
días.

## Lo que la orden no dice

No dice que usar Signal esté protegido, ni que un testigo pueda activar un temporizador cuando le apetezca.
Dice que esta empresa no podía hacer valer este deber alegado frente a este testigo: ningún mecanismo,
ninguna citación judicial de seguimiento, ninguna legitimación sobre el requerimiento de otro y ninguna
acreditación de una «confianza efectivamente comunicada a Bejar». Eso es más estrecho que un derecho, y más
útil que uno.

Un tribunal que concluye que no hay deber no tiene por qué prohibir además a la parte perdedora que insinúe
uno. Este lo hizo.

Meta, en una declaración previa al juicio, dice que está en firme desacuerdo con las alegaciones de los
estados y señala su larga trayectoria de trabajo en apoyo de los jóvenes.

Bejar explica por qué la aplicación está en su teléfono. «Algunas personas interesadas en hablar de
cuestiones como la seguridad en línea temen que Meta tome represalias contra ellas si se descubren sus
comunicaciones.»

## Referencias

**Cada escrito de este caso lleva dos números de registro judicial** —el del juicio, `4:23-cv-05448`, y el del
MDL, `4:22-md-03047-YGR`— y la propia nota al pie de la orden indica a las partes que citen el número del
juicio con el número del MDL entre paréntesis. Cuando abajo solo figura un número, esta redacción dispone del
número del MDL y no del juicio.

- **Pretrial Order No. 8**, Dkt. 534 en `4:23-cv-05448` (ECF **3392** en el MDL `4:22-md-03047-YGR`), N.D.
  Cal., firmada por la jueza presidenta Yvonne Gonzalez Rogers y presentada el **16 de agosto de 2026**.
  Recuperada de RECAP, HTTP 200, 267.251 bytes, 3 páginas.
  `https://storage.courtlistener.com/recap/gov.uscourts.cand.401490/gov.uscourts.cand.401490.3392.0.pdf`
- **Moción de Meta de sanciones por destrucción de pruebas** (*motion for spoliation sanctions*), Dkt. 511
  (ECF 3347), 7 de agosto de 2026, 26 páginas, recuperada y leída íntegramente (317.536 bytes).
  `https://storage.courtlistener.com/recap/gov.uscourts.cand.401490/gov.uscourts.cand.401490.3347.0.pdf`
  **El intercambio de Nashville citado al comienzo de este artículo procede de esa moción**, en el acta
  1712:11–21. La versión de la propia Meta lleva énfasis y una glosa entre corchetes, y aquí no se reproduce
  ninguno de los dos. Esta redacción no ha leído el acta de Tennessee.
- **Escrito de oposición y declaración jurada de Bejar**, ECF 3365 y 3365-1, 11 de agosto de 2026.
- **La vista del 13 de agosto** se apoya en la propia orden: el ¶1 cita «the August 13, 2026 hearing» y el ¶2
  dice «The Court heard argument on defendant's motion ... is DENIED» «[f]or reasons discussed further on the
  record» —el tribunal oyó a las partes sobre la moción de la demandada, que queda denegada, por razones
  expuestas con más detalle en el acta—. Esta redacción **no** ha leído esa acta ni ninguna crónica de ella, y
  no afirma nada sobre el contenido de lo que allí se dijo. La denegación citada en este artículo es la
  escrita, presentada el 16 de agosto.
- **Propuesta de instrucción al jurado de Meta sobre la Sección 230**, ECF 3393-1, y la de los **fiscales
  generales de los estados**, ECF 3394-1, ambas presentadas el 16 de agosto de 2026. Las instrucciones están
  en los anexos, no en las notificaciones.
- *State of Tennessee v. Meta Platforms* — Davidson County Chancery Court, chancellor Russell T. Perkins,
  promovido por el fiscal general Jonathan Skrmetti al amparo de la Tennessee Consumer Protection Act;
  selección del jurado el 20 de julio de 2026, señalado para siete semanas. JURIST, 27 de julio de 2026.
- **Declaración de Meta a la prensa antes del juicio** —no es un escrito procesal—. Firmada por Diana Novak
  Jones, 12 de agosto de 2026, leída en sindicación en Claims Journal (HTTP 200, 68.192 bytes) porque esa es
  la copia recuperable. `https://www.claimsjournal.com/news/national/2026/08/12/339459.htm` Atribuye las
  palabras a «un portavoz de Meta». Es la única fuente no judicial del artículo y lo único que sustenta la
  versión de Meta.
- MLex, 30 de julio de 2026, para el cierre de los cuatro días de Bejar en Nashville. Recuperado con `curl` y
  un user-agent de navegador; el artículo está tras un muro de pago por debajo de la entradilla y solo se leyó
  la entradilla.

**No establecido, y no afirmado.** Qué decía ninguno de los mensajes que faltan. Si el hilo de Bejar con
Haugen está fechado entre enero y febrero de 2024, como dice Meta, o el 6 de diciembre de 2023, como dice
Bejar: los dos relatos no pueden conciliarse a partir de los escritos, de modo que este artículo no lo fecha
en absoluto. Qué piden los estados en concepto de daños: tres fuentes dan tres respuestas distintas y ninguna
es autorizada. La propia página de ayuda de Signal no se pudo recuperar hoy desde tres clientes —`curl` con un
UA de navegador, WebFetch y `r.jina.ai` devolvieron todos 403 tras Cloudflare, y el Internet Archive devolvió
503—, así que la descripción del icono de cuenta atrás se atribuye a la moción de Meta y no a Signal.
