# Los rostros se quedan

**Deck:** La autoridad de protección de datos de Brasil ordenó al estado de Paraná dejar de escanear los rostros de alrededor de un millón de escolares para pasar lista. No ordenó que los rostros se borraran — ordenó que se preservaran. Tres días después, la misma agencia abrió un expediente contra Discord y difundió un comunicado de prensa. Sobre el estado no publicó nada.

**By:** Redacción de URnetwork
**Dateline:** San Francisco — 8 de agosto de 2026
**Category:** Noticias / Análisis

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En las escuelas de la red estatal de Paraná, en el sur de Brasil, la lista la pasaba una máquina. Un
docente fotografiaba a la clase, un software comparaba cada rostro con una base de datos de alumnos
matriculados y los niños a los que el software no encontraba quedaban marcados como ausentes: así lo
documentaron en marzo Núcleo Jornalismo e Investigate Europe. El programa, *Escola Paraná Biometria*,
construido por **Celepar**, la empresa informática del estado, con la contratista **Valid Soluções**,
alcanzó aproximadamente **2.136 escuelas** y cerca de **un millón de alumnos**. Esas cifras proceden de
la prensa; la orden que sigue no contiene ninguna.

El **4 de agosto**, la autoridad nacional de protección de datos de Brasil, la **ANPD**, ordenó detener
el escaneo. La orden — titulada en portugués *Despacho Decisório nº 2/2026/SFI* y firmada por su
superintendente de Fiscalización, Fabrício Guimarães Madruga Lopes, como medida preventiva al amparo del
artículo 55-J de la Lei nº 13.709, la LGPD — suspende todo tratamiento biométrico para el control de
asistencia escolar en la red del estado y da a Paraná **diez días hábiles** para acreditar el apagado:
una declaración formal firmada por una autoridad pública competente, más un informe técnico que
identifique cada sistema y cada base de datos afectados, dónde se aloja cada base de datos biométrica y
quién ostenta su custodia.

Léala como la leería un padre o una madre, y lo que más fuerte suena en ella es un silencio. Nada en la
orden dice que los rostros de los niños vayan a borrarse. Dice que se conservarán. Detener una cosa y
deshacerla son actos distintos, y en la distancia entre ambos es donde hoy reposa un millón de plantillas
faciales.

## Nadie ordenó borrar los rostros

La orden ocupa cinco páginas, y ni una sola de sus palabras significa suprimir. Esta redacción buscó en
su texto íntegro en portugués cada término que el derecho y la práctica brasileños de protección de datos
emplean para la eliminación de datos — eliminar, excluir, descartar, anonimizar, borrar, destruir y sus
variantes, ocho términos en total — y cada uno aparece exactamente **cero veces**. La supresión,
sencillamente, no está en el documento.

Lo que el texto ordena, en cambio, en el punto 1.3.2(b), es que el informe del estado describa — en el
portugués del original — *«as medidas adotadas para impedir novas operações de tratamento e o respectivo
**regime de preservação ou bloqueio**»*: las medidas adoptadas para impedir nuevas operaciones de
tratamiento y el correspondiente **régimen de preservación o bloqueo**. El escaneo se detiene; las
plantillas se quedan, en bases de datos cuyas ubicaciones y custodios Paraná tiene ahora que hacer
constar en el expediente.

Hay una razón defendible, y probablemente sea la decisión correcta. Esto es una medida preventiva dentro
de un procedimiento de fiscalización en curso, no una sanción — y la misma orden remite el expediente a
la unidad sancionadora de la agencia, que evaluará si abre un proceso sancionador formal. Un regulador no
ordena destruir las pruebas en mitad del procedimiento; no se puede evaluar después aquello que uno mismo
mandó borrar. Pero que la preservación sea lo correcto no la convierte en un remedio. Los niños cuyos
rostros fueron recogidos no los recuperan hoy. Reciben la promesa de que nadie, en este momento, está
cotejando contra ellos — y un expediente abierto en el que la pregunta del borrado aún no ha sido
planteada.

## Una sola marca de tiempo lo zanjará

Los diez días hábiles no corren desde la firma del 4 de agosto ni desde la publicación de la orden el
6 de agosto. El punto 8 es tajante — *«a contagem dos prazos acima corresponde à intimação desta
decisão»*, dice en el portugués del documento —: los relojes se ponen en marcha con la notificación
formal al estado. Contados desde el 4 de agosto, vencerían el **martes 18 de agosto**; la notificación
llegó casi con toda seguridad más tarde, de modo que el 18 de agosto es la fecha más temprana en la que
puede vencer la presentación. Esa misma ventana es la que tiene el estado para recurrir. Sería fácil, y
erróneo, informar de que Paraná no ha respondido. No es el caso. Hoy corre, aproximadamente, el día dos o
tres de un reloj de diez.

Lo que hace que la presentación merezca la espera es un único campo. La defensa pública de Paraná es que
el programa era un piloto que se detuvo por sí solo en julio. El punto **1.3.2(c)** obliga al estado a
consignar — en el portugués de la orden — *«a data e o horário da efetiva desativação»*: la fecha y la
hora exactas en que se apagaron las funciones de reconocimiento facial. Una marca de tiempo anterior al
4 de agosto significa que el estado tiene razón, y que la ANPD suspendió algo que ya estaba muerto. Una
posterior significa que el sistema estaba vivo cuando el regulador llegó hasta él. Una sola línea de un
informe de cumplimiento, que ha de presentarse en el proceso **00261.007049/2024-06**, acaba con esa
discusión en un sentido o en el otro.

## Un comunicado de prensa para Discord, silencio para Paraná

Si la orden llegó siquiera al público, fue solo porque el boletín interno de la ANPD — el *Boletim de
Serviço Eletrônico*, por su nombre en portugués, donde apareció el 6 de agosto — se publica, y alguien lo
leyó. La agencia no anunció nada.

Tres días después de firmarla, el **7 de agosto**, la misma agencia abrió un procedimiento de
fiscalización contra **Discord**, tras la muerte de un adolescente de 13 años y denuncias sobre un grupo
que instigaba a la autolesión. Esa actuación llegó con comunicado de prensa, con el documento de apertura
adjunto y con recogida el mismo día por *O Globo*, *CartaCapital*, *Poder360* y *Olhar Digital*.

![Dos actuaciones de fiscalización de la ANPD en la misma semana, ambas sobre datos de menores: el 4 de agosto de 2026 se ordena a Paraná suspender el reconocimiento facial sobre alrededor de un millón de escolares — sin comunicado de prensa, solo un asiento en el boletín interno; el 7 de agosto de 2026 se abre un procedimiento contra Discord — comunicado de prensa completo con el documento de apertura adjunto y cobertura nacional el mismo día. La orden sobre Paraná contiene cero palabras de borrado; exige un régimen de preservación o bloqueo, con el cumplimiento exigible el 18 de agosto como muy pronto.](https://ur.io/blog/2026-08-08-01/figure-same-week.png)

Parte de la diferencia tiene explicación. La muerte de un menor es más noticiosa, y puede que la
advertencia pública fuera precisamente el objetivo. Actuar contra otro brazo del Estado puede implicar
protocolos de notificación que actuar contra una plataforma extranjera no implica. Un comunicado de
prensa no es una obligación legal, y el boletín, formalmente, es publicación. Reconózcase también el acto
de fondo: la mayoría de las autoridades de protección de datos se mueven despacio, y preferentemente
contra empresas privadas, y esta ordenó a un gobierno estatal apagar su sistema escolar insignia en
cuestión de días.

Todo eso es cierto, y el poso sigue siendo incómodo. Un comunicado de prensa es la manera en que una
agencia le dice al público cuáles de sus actuaciones quiere que se vean, y la vía del boletín exige un
lector que ya sepa dónde mirar. En una misma semana, a propósito de datos de menores, la plataforma
extranjera recibió el anuncio y el estado recibió silencio. El silencio se ha propagado: a 8 de agosto no
existía cobertura alguna de la orden en inglés — **cero** piezas localizadas, frente a **61** en
portugués.

## Se puede cumplir, pero no rebatir

La orden decide, pero no explica. Su razonamiento de fondo — por qué este tratamiento incumplía la ley —
está incorporado por remisión desde la *Nota Técnica nº 4/2026*, una nota técnica que la ANPD no ha
publicado. El documento que ordena es público; el documento que razona, no. Una decisión construida así
se puede cumplir, pero no se puede rebatir — no puede el estado, y no pueden los padres de la siguiente
escuela, en el siguiente estado, donde volverá a hacerse el mismo discurso de venta.

Una persona tiene un derecho particular a leer esa nota. El punto 4 de la orden dispone que se envíe a
*«o titular de dados cujo requerimento levou à abertura»* del expediente de seguimiento — en portugués en
el original: el titular de datos cuya solicitud, en 2024, llevó a la ANPD a empezar a vigilar este
programa. Una persona presentó una solicitud; dos años después, a un estado se le ordenó dejar de
escanear a un millón de niños. La nota que explica el porqué debería publicarse para todos los demás.
Pídansela a la agencia.

## Agua ya en el tanque

Una plantilla biométrica no es una fotografía. Es un número derivado de un rostro, y todo su propósito es
seguir siendo cotejable mientras el rostro exista. Por eso una suspensión es un remedio más pequeño de lo
que suena. El tratamiento es un grifo que se puede cerrar. Las plantillas son agua que ya está en el
tanque. El informe de cumplimiento de Paraná debe decir dónde se guarda esa agua y quién la guarda. Nada
en él tiene que decir por cuánto tiempo.

Los sistemas que no recogen nada nunca necesitan esta audiencia. Todo lo demás — cada escáner de
asistencia, cada comodidad que empieza por medir a un niño — acaba produciendo una página como esta, en
la que un regulador hace lo máximo que puede hacer, y los rostros se quedan donde están.

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## Referencias

- ***Despacho Decisório nº 2/2026/SFI***, ANPD Superintendência de Fiscalização, Processo de Fiscalização
  **00261.007049/2024-06**, SEI 0317850, firmado el 4 de agosto de 2026, publicado el 6 de agosto de
  2026; firma de Fabrício Guimarães Madruga Lopes. Recuperado en
  `https://nucleo.jor.br/content/files/2026/08/SEI_0317850_Despacho_Decisorio_2-2.pdf` — HTTP 200,
  **62.551 bytes**, sha256 `c83872723ab1477ea8c7831992bf5d75…`, 8 de agosto de 2026. Texto extraído con
  `pdftotext -layout` (9.655 caracteres; el archivo tiene una capa de texto operativa). Se apoyó en: los
  puntos 1.3, 1.3.1, 1.3.2(a)–(e), 1.5, 2, 4, 7 y 8; el art. 55-J de la Lei nº 13.709; el art. 58 *caput*
  y §2 y el art. 12(I) del Regulamento de Fiscalização.
- **Verificación de cadenas, esta redacción, 8 de agosto de 2026.** Sobre el texto íntegro normalizado en
  NFC: `eliminar`, `eliminação`, `exclusão`, `excluir`, `descarte`, `anonimiza…`, `apagar`, `destruição` —
  **0 apariciones cada uno**; `preservação`, `bloqueio` — presentes en el punto 1.3.2(b). Artículos
  citados a lo largo del documento: 6, 12, 13, 17, 29, 30, 31, 32, 45, 50, 55-J, 58. *«Medida preventiva»*
  aparece tres veces en singular y dos más en plural.
- **Nota Técnica nº 4/2026/CPDP/CGF/SFI/ANPD** (SEI 0313541) — incorporada por el despacho, **no
  publicada**; no recuperable del sitio de la ANPD a 8 de agosto de 2026.
- **El procedimiento contra Discord, 7 de agosto de 2026** — acreditado por la cobertura nacional del
  mismo día indexada vía Google News RSS (`hl=pt-BR&gl=BR`), incluidos *O Globo* («ANPD abre processo
  contra Discord após suicídio de adolescente no MS»), *CartaCapital*, *Poder360* y *Olhar Digital*. Los
  intentos directos de URL contra el slug del comunicado de prensa de la ANPD devolvieron 404, y el
  comunicado en sí no se recuperó aquí.
- **Cobertura en portugués de la orden sobre Paraná** — 61 piezas indexadas, incluidas *G1* (6 de agosto,
  «Reconhecimento facial é suspenso em escolas no Paraná»), *Tecnoblog*, *plural.jor.br*,
  *vermelho.org.br* y **APP-Sindicato**, el sindicato de docentes del estado (7 de agosto).
- **Cobertura en inglés** — `Brazil ANPD facial recognition schools suspension`, índice de Google News
  en-US, 8 de agosto de 2026: **cero piezas**. Se informa como un nulo acotado con el método a la vista;
  un índice en un momento dado, no la afirmación de que nadie haya escrito sobre ello.
- **Antecedentes y mecanismo del programa** — *Escola Paraná Biometria*, Celepar con Valid Soluções; cómo
  funcionaba la captura de asistencia (un docente fotografía a la clase; los alumnos a los que el software
  no empareja quedan registrados como ausentes) según *«O sistema de reconhecimento facial que monitora
  alunos no Brasil»*, Núcleo Jornalismo × Investigate Europe, 13 de marzo de 2026,
  `https://nucleo.jor.br/reportagem/2026/03/13/sistema-reconhecimento-facial-escolas-parana-brasil/`, en
  archivo como `nucleo-mar13.txt`; material de contrato y licitación desarrollado en
  `blog-research/2026-08-07-02/candidate-13-a-million-schoolchildren/`. Las cifras de escuelas y alumnos
  proceden de la prensa, no del despacho.
- **Nota de recuperación.** `gov.br/anpd` sirve un cascarón de JavaScript a las peticiones directas y
  devuelve HTML con independencia de una cabecera `Accept: application/json`; su listado de noticias no
  pudo enumerarse. La marca de tiempo de la página, `Modificado em 07/08/2026 18:28`, se leyó a través de
  `r.jina.ai`.
